CDMX.–Expresidentes del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del PRI promovieron un juicio ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicatura de la Federación (TEPJF) para solicitar la invalidez de la Asamblea Nacional Ordinaria del tricolor y las reformas a los Estatutos y otros documentos del partido.
Dulce María Sauri Riancho, Enrique Ochoa Reza y Pedro Joaquín Coldwell, con el respaldo de Manlio Fabio Beltrones, consideraron que el pasado 7 de julio se celebró, “de manera ilegal y contraria a los estatutos de nuestro partido político”, la 24 Asamblea Nacional Ordinaria del PRI.
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La modificación al artículo 178 de los Estatutos establece que los titulares de la presidencia y secretaría general del partido podrían ser electas hasta por tres periodos consecutivos de cuatro años.
De esa manera, el actual dirigente Alejandro “Alito” Moreno podría estar en el cargo hasta 2032; su administración comenzó en 2019.
Además de esta impugnación, los expresidentes priistas aseguraron que continuarán realizando otras impugnaciones contra las reformas que se han hecho a los documentos básicos del partido, como la Declaración de Principios, Programa de Acción y el Código de Ética Partidaria.
En el comunicado, aseguraron que la impugnación se presentó en calidad de priistas y expresidentes del partido, pero también a nombre de los militantes que se manifiestan inconformes por la actual dirigencia de Moreno.
Francisco Labastida Ochoa, exgobernador de Sinaloa y militante desde 1964, ha asegurado en diversos medios de comunicación que si Alejandro Moreno es reelegido como presidente nacional, el partido va a morir.
De acuerdo con el documento, estas son algunas de las irregularidades procedimentales:
Violación a la prohibición de realizar reformas estatutarias en proceso electoral, mismo que se encontraba en la etapa de resultados y de calificación de las elecciones federales y de las Entidades Federativas, lo cual impedía modificar los documentos básicos del partido político.
Incompetencia del CEN del PRI para emitir el reglamento de integración de la Asamblea Nacional, porque conforme al artículo 83, fracción X del Estatuto, corresponde al Consejo Político Nacional, mediante la emisión de un reglamento, definir gran parte del número de integrantes a la Asamblea Nacional y la forma como se elegirán.
El plazo de 30 días, entre la emisión de la convocatoria y la Asamblea Nacional fue irracional e insuficiente para desahogar todas las etapas. El procedimiento partidario se desahogó en un plazo de 30 días, comprendido del 6 de junio en que se emitió la convocatoria al 7 de julio en que se llevó a cabo la Asamblea, lo cual fue evidentemente insuficiente para desahogar las distintas etapas del proceso de reforma de la normatividad partidaria.
Los delegados no tuvieron un plazo razonable para deliberar las iniciativas sometidas a discusión.
Invalidez de la asamblea ante las irregularidades mencionadas anteriormente.
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La noche del miércoles, antes de que se emitiera el comunicado, el Consejo Político Nacional del PRI aprobó que sea la Asamblea de Consejeros del órgano colegiado la que elija al próximo dirigente del tricolor.
Ante las críticas de los expresidentes, Alejandro Moreno no descartó llevarlos ante la justicia para que se responsabilicen de presuntos señalamientos que “lastimaron” al partido.